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CITACIONES CIVILES

Alternativas legales menores al arresto completo. Pueden imponerlas los alguaciles, la Administración Colonial o los jefes de departamento autorizados.

Entre ellas se incluyen: advertencias, multas, restitución, confiscación temporal, suspensión de acceso o licencias, trabajos comunitarios o detención breve.

No pueden sustituir el arresto por delitos graves o capitales. Si el infractor se niega, cumplirá en su lugar la condena de detención indicada.

PROCEDIMIENTOS DE ARRESTO

Arresto ordinario: Informa al sospechoso del cargo, ordénale que coopere, emplea fuerza no letal salvo que exista una amenaza letal, inmovilízalo, trasládalo a detención y tramita los cargos sin demora.

La fuerza letal solo está autorizada si el sospechoso supone una amenaza letal inmediata para agentes, civiles o sistemas esenciales de la colonia.

Detención por civiles: Cualquier civil puede detener a otra persona únicamente si presencia un delito grave o capital y las fuerzas del orden no están disponibles. Debe entregarla a las fuerzas del orden tan pronto como sea posible. No puede aplicarse a delitos leves.

Detención sobre el terreno: Durante emergencias u operaciones fuera de la colonia, el personal autorizado puede detener a quienes pongan en peligro al grupo, obstaculicen la evacuación, incumplan la cuarentena, saboteen equipo o interfieran en operaciones de emergencia. Deben ser transferidos a la autoridad competente tan pronto como sea posible.