PRESENCIA MILITAR
Las fuerzas militares no suelen controlar la legislación penal civil. Pueden prestar ayuda durante emergencias, evacuaciones, disturbios, incidentes de cuarentena y la defensa de la colonia.
Se solicita a las fuerzas militares en activo que transfieran a los sospechosos civiles bajo custodia militar a la Oficina del Alguacil para que sean procesados conforme al derecho civil colonial, salvo que se haya declarado la ley marcial. Esta solicitud no es absoluta: los mandos militares pueden mantener bajo custodia a quienes consideren una amenaza persistente para las operaciones militares o la seguridad colonial. Incluidos, entre otros: terroristas, insurgentes, saboteadores o personas cuya puesta en libertad o transferencia comprometería las operaciones en curso.
El personal militar que cometa delitos contra civiles puede ser detenido o denunciado ante la policía militar o una autoridad colonial superior. La legislación civil sigue siendo civil salvo que se declare legalmente la ley marcial.