USSP SOP
Artículo 1.
El soldado de la Unión sirve al pueblo, al Partido y al Estado, y deberá conducirse de una manera digna de ese deber.
Artículo 2.
La disciplina es el fundamento del servicio. Las órdenes legítimamente impartidas deben cumplirse con prontitud, exactitud y sin interpretación interesada.
Artículo 3.
El soldado conservará su arma, equipo, uniforme y puesto en correcto orden. El material de las Fuerzas Armadas es propiedad del pueblo y no deberá desperdiciarse por negligencia, vanidad o descuido.
Artículo 4.
La camaradería es un deber del servicio. Un soldado no deberá abandonar a sus camaradas, ni actuar de una manera que debilite la cohesión de la unidad, la moral o el estado de preparación.
Artículo 5.
El soldado deberá estar alerta contra la cobardía, la indisciplina, la corrupción, el derrotismo y la influencia hostil en todas sus formas.
Artículo 6.
En las penurias, el aislamiento o el combate, se espera que el soldado preserve el orden, la claridad y la fidelidad a la Unión.
Artículo 7.
La competencia técnica, el trabajo útil y la conducta serena bajo presión honran a las Fuerzas Armadas no menos que el valor en batalla.
Artículo 8.
La conducta del soldado hacia los civiles deberá ser firme, correcta y mesurada. El abuso de autoridad deshonra tanto el uniforme como a la Unión.
Artículo 9.
Un soldado de la USSP no es juzgado solo por la victoria, sino también por su constancia, su fiabilidad y el ejemplo que da a los demás.
Artículo 10.
Un soldado, independientemente de su rango, acusado de conducta indebida en su puesto, podrá ser sometido a un consejo de guerra siempre que sea posible. Se espera que tales asuntos reciban la debida revisión, testimonio y el juicio justo de sus iguales.